Jaime Ubilla

Abogado de práctica internacional 

Jaime Ubilla

Abogado de práctica internacional 

Teoría del Derecho

Jaime C. Ubilla Fuenzalida es teórico del derecho, abogado de práctica internacional y arquitecto institucional.

Jaime C. Ubilla Fuenzalida es teórico del derecho, abogado de práctica internacional y Sensei de Shinshin Toitsu Aikido. Su trabajo se mueve en la intersección entre la teoría sociológica del derecho, la innovación institucional y la gobernanza ambiental global.

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El punto de partida: el problema del derecho y la sociedad
¿Puede el derecho transformar la sociedad sin destruirse a sí mismo en el intento? Esta pregunta, clásica en la sociología jurídica, es el origen del programa de investigación de Jaime Ubilla. La respuesta exigió atravesar décadas de debate entre Niklas Luhmann y Gunther Teubner —las dos grandes voces de la teoría de sistemas aplicada al derecho del siglo XX— que partían del mismo marco teórico y llegaban a conclusiones opuestas.
Luhmann sostenía que el sistema jurídico no puede ser instrumentalizado para producir cambio social sin comprometer su función esencial: la estabilización de expectativas normativas en el tiempo. Teubner, adoptando el mismo aparato conceptual, argumentaba que es posible un modelo post-regulatorio que llamó ‘derecho reflexivo’: una estrategia indirecta que facilita la auto-regulación de los subsistemas sociales sin pretender controlarlos directamente. Su desacuerdo, sin embargo, quedó sin resolución satisfactoria: ninguno identificó los mecanismos concretos mediante los cuales el derecho puede lograr ese equilibrio sin incurrir en los riesgos que el otro señalaba.

Formas legales: la contribución original
La contribución de Ubilla no consiste en tomar partido en ese debate, sino en encontrar un terreno común que ninguno de los dos había trazado. Para ello introduce la noción de formas legales —a partir de una combinación original de las ‘laws of form’ de George Spencer-Brown con la teoría de evolución sociojurídica de Luhmann— como los mecanismos estructurales mediante los cuales el sistema jurídico combina, en cada una de sus operaciones, su orientación normativa con su orientación cognitiva.
Una forma legal no es simplemente una norma. Es una distinción —en el sentido técnico de Spencer-Brown— que indica un lado marcado y deja el otro como no-indicado; una estructura que combina redundancia normativa —la estabilidad y previsibilidad de las expectativas— con variedad cognitiva —la apertura y capacidad de aprendizaje frente al entorno social. Ese equilibrio no es fijo ni lineal. La observación de formas legales específicas permite ver cómo el derecho procesa la complejidad, cómo interactúa con los sistemas económico, científico, político y ético, y cómo evoluciona institucionalmente frente a desafíos que sus categorías existentes no habían anticipado.

Formas legales reflexivas: solución al debate
Sobre esa base Ubilla introduce las formas legales reflexivas: formas jurídicas que, a través del proceso de evolución sociojurídica, logran una combinación simultáneamente más alta de redundancia normativa y variedad cognitiva. Son el tipo de forma mejor preparada para facilitar la coordinación entre el derecho y otros subsistemas sociales sin los riesgos de ‘sobrecarga’ que Luhmann advertía, y con mayor alcance que los mecanismos de ‘interferencia’ que Teubner describía.
El enfoque implica dos aportaciones precisas al debate: primero, enfatiza la necesidad de que toda forma reflexiva combine redundancia normativa y variedad cognitiva —no puede sacrificar una por la otra; segundo, centra el análisis en los mecanismos jurídicos concretos que facilitan los procesos de aprendizaje evolutivo del sistema legal, desplazando el debate del plano de los principios generales al plano observable de las operaciones del derecho.
El artículo que desarrolla estas ideas —’Legal Forms and Reflexive Legal Forms: A New Approach to Reflexive Law’— fue publicado en Soziale Systeme (2024), la principal revista de teoría de sistemas de habla alemana, editada por De Gruyter. Los revisores anónimos lo calificaron como una adición relevante a la teoría luhmanniana del derecho y como una solución viable al desacuerdo central entre Luhmann y Teubner. El marco analítico tiene además alcance más allá del campo jurídico: aplica a cualquier sistema social que deba combinar cierre operativo y apertura cognitiva.

Hacia una teoría del derecho global
El tercer eje del programa de investigación extiende el marco de las formas legales al ámbito global. Bajo el título ‘The Concept of Global Law as Law’, Ubilla desarrolla una teoría del derecho global que amplía la perspectiva de Luhmann para explicar cómo los órdenes jurídicos nacionales, transnacionales y globales interactúan dentro de un sistema jurídico mundial emergente.
El proyecto examina fenómenos contemporáneos como la lex mercatoria, la lex digitalis y la lex biodiversitatis como esferas jurídicas especializadas que operan dentro de ese sistema. A través del marco analítico de las formas legales, analiza cómo estas esferas emergen, cómo desarrollan sus propias redundancias normativas, y cómo se articulan con los sistemas jurídicos nacionales —una perspectiva especialmente relevante para comprender la gobernanza en una sociedad donde las normas jurídicas emergen cada vez más de fuentes institucionales que trascienden al Estado.

Formación académica
Jaime Ubilla estudió derecho en la Universidad de Chile, formándose en la tradición del derecho civil y desarrollando su interés temprano por la teoría jurídica y la jurisprudencia. Posteriormente obtuvo el grado de Master of Arts in Law en la Universidad de Waseda, Tokio (1997), donde presentó su tesis en idioma japonés: ‘Teoría de Sistemas Sociales y Responsabilidad Civil’. Esa tesis —escrita en japonés, en Waseda, mientras practicaba Ki Aikido en Tokio— refleja la integración que caracteriza toda su trayectoria: el pensamiento jurídico, la teoría de sistemas y la experiencia asiática como un solo proyecto intelectual.
Obtuvo el grado de Doctor en Derecho (PhD) en la University of Edinburgh (2016) con la distinción summa cum laude. Su tesis doctoral, ‘Reflexive Law and Reflexive Property Rights: Tackling the Regulatory Trilemma of Ecosystems Conservation’, sentó las bases teóricas de su trabajo sobre formas legales e innovación institucional en el derecho de propiedad. Fue Profesor de Teoría del Derecho y Sociología Jurídica en la Facultad de Derecho de la Universidad Católica del Norte, Chile (2017–2024), y Visiting Scholar en UC Davis School of Law (2023–2024), donde actualmente se desempeña como Lecturer in Law.

Publicaciones seleccionadas
— Legal Forms and Reflexive Legal Forms: A New Approach to Reflexive Law. Soziale Systeme, 29(1–2), 2024. De Gruyter.
— Reflexive Law and Reflexive Property Rights: Tackling the Regulatory Trilemma of Ecosystems Conservation. Tesis doctoral, University of Edinburgh, 2016.
— El Derecho Real de Conservación: Justificación Normativa y Socio-Legal. Revista de Derecho, Universidad de Concepción, 240, 2016.
— The Conservation Right in Light of the Legislative History of Law No. 20.930. Revista de Derecho (Coquimbo, En Línea), 30, 2023.
— La Conservación Privada de la Biodiversidad y el Derecho Real de Conservación. Revista de Derecho Ambiental, Universidad de Chile, 1, 2003.

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